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martes, 6 de abril de 2010

Mujeres y cárceles


Mujeres y cárceles: aproximación a la situación penitenciaria en Argentina desde una
perspectiva de Género
Por Ileana Arduino, Leticia Lorenzo y Raúl Salinas

"...El rol asignado a la mujer en una sociedad patriarcal, como sujeto sometido a las voluntades y decisiones del hombre, influye directamente en el modo en que se ha tratado su criminalización. A lo largo de la evolución histórica de la sociedad, puede observarse cómo los modos de control ejercidos sobre la mujer fueron predominantemente de carácter informal, y las sanciones aplicadas a las conductas ilícitas cometidas por mujeres tuvieron que ver, más que con la sanción punitiva, con la sanción moral por romper el esquema en el que ellas ocupaban un lugar claro de sumisión. Tradicionalmente, se ha percibido a la mujer como moralmente superior al hombre, aunque biológicamente sumisa, pasiva, débil y poco agresiva. La criminalidad implica agresividad; por tanto, se asocia con el sexo masculino. La criminalidad femenina se plantea en términos de enfermedad. Predomina así el imperativo biológico, insistiendo en que la mujer criminal es inherentemente distinta al hombre criminal y más propensa a perturbaciones psicológicas. Los factores sociales, económicos, situacionales y psicológicos, considerados primordiales en el hombre criminal, se relegan a un segundo plano en el caso de la mujer delincuente. Históricamente, la visión criminal de la mujer ha tenido una connotación sexista muy marcada, habiéndose limitado el estudio de los delitos cometidos por las mujeres, a los llamados delitos de género: homicidios pasionales, abortos, infanticidio, prostitución (cuando son sancionados), y acentuando los supuestos elementos atribuidos al carácter femenino, como la crueldad, la astucia, etc. Estos escasos estudios sobre la delincuencia femenina no tienen, por lo general, un enfoque de género. Siguiendo este esquema de control informal, la mayoría de las conductas que iban en contra del honor familiar se juzgaban en el ámbito privado, y las penas impuestas tenían un acentuado contenido religioso. Por ejemplo, en la mentalidad feudal, el delito femenino era considerado como un acto ilícito contra la religión antes que contra la sociedad. Por ello, se reforzaba la culpa moral antes que aplicar penas de naturaleza pública..."


Este interesante trabajo se puede leer completo en el siguiente link: http://www.pensamientopenal.com.ar/dossier/ARDUINO.pdf

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